LEY N° 14.346 - LEY CONTRA EL MALTRATO ANIMAL

LEY N° 14.346 - LEY CONTRA EL MALTRATO ANIMAL
Ésta ley fue sancionada el 27 de Septiembre de 1954 y promulgada el 27 de Octubre de 1954. Es reconocida en todo nuestro país como la "Ley Sarmiento" debido a que el mismo fue el Presidente de la primer Sociedad Protectora de Animales fundada en el año 1879. Aquí les mostramos algunos de los puntos más importantes de dicha ley:

● ARTÍCULO 1.- Será reprimido con prisión de 15 días a un año, el que infligiere malos
tratos o hiciere víctima de actos de crueldad los animales.
● ARTÍCULO 2.- Serán considerados actos de maltrato:
• 1. No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos;
• 2. Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que no siendo de simple estímulo
les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas;
• 3. Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado,
según las estaciones climáticas.
• 4. Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado;
• 5. Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos;
• 6. Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.
● ARTÍCULO 3.- Serán considerados actos de crueldad:
• 1. Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en
lugares o por personas que no estén debidamente autorizados para ello;
• 2. Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga
fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice
por motivos de piedad;
• 3. Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o
veterinario con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio,
salvo el caso de urgencia debidamente comprobada;
• 4. Experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable
según la naturaleza de la experiencia;
• 5. Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones;
• 6. Causar la muerte de animales grávidos cuando tal estado es patente en el animal
y salvo el caso de las industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la
explotación del neonato;
• 7. Lastimar y arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos
innecesarios o matarlos por solo espíritu de perversidad;
• 8. Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros,
novilladas y parodias, en que se mate, hiera u hostilice a los animales.
¿QUÉ HACER EN CASO DE MALTRATO Y
CRUELDAD CONTRA ANIMALES? Se debe tener presente que: ●๋• 1. Es un delito penado por el Código Penal.
●๋• 2. Es un delito que tiene Acción Pública, es decir que puede ser denunciado porcualquier persona.
●๋• 3. El hecho se puede denunciar ante la Policía o el Juzgado del Crimen.
Pasos y requisitos necesarios para concretar una denuncia, tanto en Capital como en la Provincia de Buenos Aires y en el interior del país:

●๋• 1. Las denuncias son personales, debe efectuarlas la persona que presencia el hechoo que es testigo de lo ocurrido.
●๋• 2. El/la denunciante debe ser mayor de edad (21 años) y acreditar su identidad con Documento
●๋• 3. La denuncia debe hacerse por escrito ante las autoridades del lugar en que ocurrió el hecho y deberá ser firmada por el denunciante y sellada y firmada por el funcionarioque la recibe.
En Capital Federal: en la Comisaría de la zona o en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, en Viamonte 1147 – Cap.
En Provincia: en la Comisaría de la zona, ó en UFI Unidad de Fiscalía de Instrucción.
ES OBLIGACIÓN del funcionario público (POLICÍA) tomar la denuncia.
No acceder a realizar una “EXPOSICIÓN CIVIL"

Es importante que pueda tener el texto de la ley en mano al momento de presentarse arealizar la denuncia.
●๋• 4. La denuncia no exige mayores formalidades. Basta con describir los hechos consideradodelictuosos, el lugar y tiempo en el que ocurren o han ocurrido y, si se lo conoce, el nombre,apodo, señas, y/o domicilio del culpable y cualquier otro dato de interés que pueda facilitar la investigación.
●๋• 5. Pedir en la Comisaría o Fiscalía el Nro. de Expediente de manera de poder seguir la causa para que la misma no muera.

No tengas miedo..DENUNCIA! la excusa en ciudades chicas como la nuestrasiempre es la misma:"No quiero tener problemas con el vecino" y es entendible por una lado. Pero por otra parte,si estás viendo que un animal es maltratado y no lo denuncias,te transformás en cómplice.Con tu valentía podrías salvar una vida...la responsabilidad como ciudadanos es de todos. Por eso si te animas a denunciar un caso de maltrato,
hacelo y rescata a ese animalito que está viviendo un tormento.

^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^^Repost y Fuente: Asociación Protectora de Animales Villaguay.

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